Laboral y nóminas Calculadora

Calculadora de indemnización por despido

Para qué sirve

Calcula la indemnización por despido improcedente (33 días/año) u objetivo (20 días/año) según tu antigüedad y salario.

Indemnización bruta10.849,32
  • Días por año aplicados33 días
  • Salario diario65,75 €
  • Escenario objetivo (20 días/año)6575,34 €
  • Escenario improcedente (33 días/año)10.849,32 €
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Copia este código y pégalo donde quieras. Se verá la calculadora con un enlace a facilcalcular.com.

Por despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, máximo 24 mensualidades. Por despido objetivo o procedente: 20 días por año, máximo 12 mensualidades.

Fórmula

Indemnización = (Días/año × años trabajados × salario diario)

Ejemplo

Trabajador con 24.000€ anuales y 5 años: improcedente ≈ 10.850€. Objetivo ≈ 6.575€.

Tipos de despido y su indemnización

En España, el importe de la indemnización depende del tipo de despido. El despido improcedente (sin causa justificada o con defectos de forma) da derecho a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. El despido objetivo o procedente (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) corresponde a 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. El despido disciplinario procedente (incumplimiento grave del trabajador) no genera indemnización.

Cómo se calcula

La fórmula es indemnización = días por año × años de antigüedad × salario diario, donde el salario diario incluye el prorrateo de las pagas extra. Por ejemplo, un trabajador con 24.000 € brutos anuales y 5 años de antigüedad: en despido improcedente le corresponden unos 10.850 € y en despido objetivo unos 6.575 €. Los periodos inferiores al año se prorratean por meses.

Tramos anteriores a 2012 y fiscalidad

La reforma laboral de febrero de 2012 rebajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Por eso, en contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, el periodo trabajado hasta esa fecha se calcula a 45 días y el posterior a 33 (con calculadora de doble tramo). Fiscalmente, la indemnización obligatoria por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €; el exceso y las cantidades pactadas por encima del mínimo legal sí tributan. Si la empresa es insolvente, el FOGASA cubre una parte.

Preguntas frecuentes

¿Tributa?

Indemnizaciones por despido legalmente establecidas están exentas de IRPF hasta cierto límite (180.000€).

¿Y si la empresa cierra?

FOGASA cubre parte (180 días máx) si la empresa no puede pagar. Resto pendiente.

¿Reglas antes de 2012?

Antes era 45 días/año. Reformas posteriores bajaron a 33 (improcedente) y 20 (objetivo).

¿Cuándo es improcedente un despido?

Cuando no se justifica la causa o se incumplen los requisitos formales. La indemnización es entonces de 33 días por año (45 días por el periodo trabajado antes del 12/02/2012), con máximo de 24 mensualidades.

¿La indemnización por despido tributa?

La indemnización obligatoria por despido improcedente está exenta de IRPF hasta 180.000 €. El exceso, y las indemnizaciones pactadas por encima del mínimo legal, sí tributan.