Calculadora de vacaciones devengadas
Las vacaciones devengadas son los días de descanso retribuido que has generado según el tiempo trabajado. Con el mínimo legal de 30 días naturales al año, se acumulan 2,5 días por cada mes trabajado.
En España, mínimo legal 30 días naturales de vacaciones al año (22 laborables). Si llevas menos del año, te corresponde la parte proporcional.
Fórmula
Días vacaciones = (Días totales año × meses trabajados) / 12 Ejemplo
Convenio 22 días laborables/año, 6 meses trabajados: 22 × 6 / 12 = 11 días devengados.
¿Qué son las vacaciones devengadas?
Las vacaciones devengadas son los días de descanso retribuido que un trabajador ha generado en función del tiempo trabajado, aunque todavía no los haya disfrutado. El Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo legal de 30 días naturales al año (equivalentes a unos 22 días laborables), que ningún convenio puede rebajar, aunque sí mejorar. Si la relación laboral no cubre el año completo —porque empiezas a mitad de año o terminas antes de fin de año— las vacaciones se generan de forma proporcional a los meses trabajados. Este concepto es especialmente importante al terminar un contrato, porque los días generados y no disfrutados se convierten en dinero dentro del finiquito. También lo es al planificar el calendario laboral, ya que determina cuántos días de descanso te has "ganado" en cada momento del año. Entender el devengo evita conflictos sobre cuántos días te quedan realmente disponibles.
¿Cómo se calculan los días devengados?
La fórmula prorratea los días anuales según el tiempo trabajado: días devengados = (días anuales × meses trabajados) ÷ 12. Con un convenio de 22 días laborables al año, esta es la equivalencia por meses trabajados:
| Meses trabajados | Días devengados (base 22) |
|---|---|
| 3 meses | ~5,5 días |
| 6 meses | 11 días |
| 9 meses | ~16,5 días |
| 12 meses | 22 días |
¿Qué ocurre con las vacaciones no disfrutadas?
Durante un contrato vigente, las vacaciones se disfrutan, no se pagan: la ley no permite sustituir el descanso por dinero mientras sigues trabajando, porque su finalidad es la recuperación del trabajador. Sin embargo, si el contrato finaliza sin que hayas disfrutado todos los días generados, esos días devengados y pendientes se abonan en el finiquito como días no consumidos, calculados sobre el salario diario. Por ejemplo, si al marcharte te quedaban 10 días de vacaciones sin disfrutar, se te pagarán 10 días de salario adicionales. Al revés también puede ocurrir: si has disfrutado más vacaciones de las que habías devengado en el momento de la baja, la empresa puede descontar el exceso del finiquito. Por eso, al terminar una relación laboral, conviene cuadrar cuántos días te correspondían y cuántos disfrutaste, para comprobar que la liquidación es correcta.
Días naturales, laborables y qué dice tu convenio
Una confusión habitual es la unidad en la que se cuentan las vacaciones. La ley básica habla de 30 días naturales, que incluyen fines de semana dentro del periodo de descanso. Muchos convenios prefieren expresarlo como 22 días laborables (de lunes a viernes), que en la práctica equivalen aproximadamente a esos 30 naturales. La diferencia importa al planificar: 22 días laborables permiten "estirar" más el calendario que 22 naturales. Además, algunos convenios mejoran el mínimo con días extra por antigüedad o por asuntos propios. Otra duda frecuente es la caducidad: por regla general, las vacaciones no disfrutadas por causas ajenas al trabajador (como una baja médica) no se pierden, pero conviene revisar los plazos que fije el convenio. Para saber exactamente cuánto tiempo llevas trabajado y cuántos días has generado, puede ayudarte contar los días entre fechas desde tu incorporación.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones genero al mes?
Con el mínimo legal de 30 días naturales al año, devengas 2,5 días naturales por mes trabajado. En convenios que hablan de 22 días laborables, son unos 1,83 días laborables por mes.
¿Las vacaciones se cuentan en días naturales o laborables?
Depende del convenio. La ley fija 30 días naturales al año como mínimo; muchos convenios lo expresan como 22-25 días laborables, que equivalen aproximadamente a lo mismo.
¿Qué pasa con las vacaciones que no disfruto al dejar la empresa?
Se pagan en el finiquito como días devengados y no consumidos. Durante un contrato vigente, en cambio, deben disfrutarse: no se pueden cambiar por dinero.
¿Pueden caducar las vacaciones no disfrutadas?
Por regla general no caducan si no has podido disfrutarlas por causa ajena a ti (por ejemplo, una baja médica). Aun así, conviene revisar el convenio, que puede fijar plazos.
¿Puedo unir las vacaciones de un año con las del siguiente?
Solo si el convenio o la empresa lo permiten. Lo habitual es que se disfruten dentro del año natural en que se generan, salvo situaciones como bajas por maternidad o incapacidad.
¿Cuentan los festivos como vacaciones?
No. Los días festivos y los fines de semana son descansos distintos y no se descuentan de tu bolsa de vacaciones anuales.