Calculadora ITP compra vivienda de segunda mano
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se paga al comprar vivienda usada. El tipo lo fija cada CCAA (6%-10% habitualmente). Cuota = precio escritura × tipo ITP.
El ITP grava la compra de vivienda de segunda mano. El tipo es competencia autonómica: Madrid 6%, Cataluña 10%, Andalucía 7%, Comunidad Valenciana 10%, etc. En vivienda nueva no se paga ITP sino IVA (10%) más AJD.
Fórmula
ITP = Precio escritura × Tipo CCAA / 100 Ejemplo
Vivienda 200.000 € con tipo 8% (Andalucía/Madrid promedio): ITP = 16.000 € a pagar en los 30 días siguientes a la escritura.
Qué es el ITP y cuándo se paga
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo que grava la compra de bienes de segunda mano, principalmente viviendas usadas y vehículos. Cuando compras una vivienda de segunda mano, pagas ITP; cuando compras vivienda nueva, en cambio, no pagas ITP sino IVA (habitualmente el 10%) más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Ambos impuestos son incompatibles entre sí.
Cómo se calcula y diferencias por comunidad
El ITP se calcula como precio de escritura × tipo de la comunidad autónoma. El tipo es competencia de cada CCAA, por lo que varía notablemente: oscila aproximadamente entre el 6% y el 11% según la región. Una vivienda de 200.000 € con un tipo del 8% genera un ITP de 16.000 €. Muchas comunidades aplican tipos reducidos (en torno al 3,5-5%) para jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad.
Plazo de pago y valor de referencia
El ITP debe autoliquidarse mediante el modelo 600 o 601 ante la Hacienda autonómica en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura. Hacienda puede revisar la operación tomando como base el valor de referencia del Catastro: si el precio escriturado es inferior, puede reclamar la diferencia de impuesto. El ITP pagado no se pierde a efectos fiscales: se suma al valor de adquisición y reduce la futura ganancia patrimonial en el IRPF cuando vendas la vivienda.
Preguntas frecuentes
¿Hay reducciones para jóvenes o familias numerosas?
Sí, muchas CCAA aplican tipos reducidos (3,5%-5%) para menores de 35-40 años, familias numerosas o personas con discapacidad. Consulta tu autonomía.
¿Cuándo se paga?
En los 30 días hábiles desde la firma de escritura, mediante el modelo 600/601 ante la Hacienda autonómica.
¿Y si la Administración considera el valor de compra bajo?
Hacienda puede revisar usando el "valor de referencia" del Catastro y reclamar la diferencia.
¿El ITP se puede incluir en la hipoteca?
No directamente: el banco financia el inmueble, no los impuestos. Necesitas tener ahorrado el ITP aparte. Algunas hipotecas al 100% sí cubren gastos, pero son excepcionales y más caras.
¿El ITP es deducible al vender después?
Sí: el ITP pagado al comprar se suma al valor de adquisición. Eso reduce la ganancia patrimonial y, por tanto, el IRPF que pagarás cuando vendas la vivienda.