Calculadora cuota IBI por valor catastral y tipo municipal
El IBI es el valor catastral multiplicado por el tipo del ayuntamiento, habitualmente entre 0,4% y 1,1% para urbana.
Calcula la cuota anual del IBI a partir del valor catastral y el tipo impositivo de tu municipio. Los grandes ayuntamientos cobran tipos más altos.
Fórmula
IBI = Valor catastral × tipo municipal Ejemplo
Valor catastral 80.000 € con tipo municipal 0,6%: 480 €/año IBI. Subir tipo al 0,9%: 720 €/año.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que pagan anualmente todos los propietarios de inmuebles. Es la principal fuente de ingresos de los ayuntamientos y se cobra independientemente de que la vivienda esté ocupada, alquilada o vacía. Su importe depende de dos factores: el valor catastral del inmueble, fijado por el Catastro, y el tipo de gravamen que aprueba cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal, dentro de los límites que marca la ley.
Cómo se calcula
La fórmula es cuota IBI = valor catastral × tipo municipal. Ejemplo paso a paso: una vivienda con un valor catastral de 80.000 € en un municipio con un tipo del 0,6% → 80.000 × 0,006 = 480 €/año. Si ese mismo ayuntamiento aplicara un tipo del 0,9%, la cuota subiría a 720 €/año. El tipo de gravamen aparece en el recibo del IBI o en la ordenanza fiscal municipal; el mínimo legal para inmuebles urbanos es del 0,4%.
Por qué cambia y qué bonificaciones existen
El IBI puede variar de un año a otro por dos vías: el ayuntamiento puede modificar el tipo de gravamen, y el Estado puede aplicar coeficientes de actualización del valor catastral en los Presupuestos Generales. En cuanto a las bonificaciones, dependen de cada municipio: es habitual que se apliquen a familias numerosas, viviendas con instalación de autoconsumo solar, viviendas de protección oficial o por domiciliar el pago. Conviene revisar la ordenanza fiscal del ayuntamiento para conocer las que están vigentes.
Preguntas frecuentes
¿Dónde miro mi tipo?
Recibo del IBI o ordenanza fiscal del ayuntamiento. Mínimo legal: 0,4% urbana, 0,3% rústica.
¿Bonificaciones?
Familia numerosa, viviendas con autoconsumo solar, VPO recién construida, jóvenes adquirentes (depende del municipio).
¿Subió en 2022?
Muchos ayuntamientos congelaron o bajaron tipos por la inflación, pero el catastral revisado en algunos casos subió IBI.
¿Por qué mi IBI sube cada año?
Por dos vías: el ayuntamiento puede subir el tipo de gravamen, y el Estado puede aplicar coeficientes de actualización del valor catastral en los Presupuestos Generales.
¿Hay bonificaciones en el IBI?
Sí, según el municipio: familias numerosas, vivienda con placas solares, viviendas de protección oficial o domiciliación del pago. Consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento.